Fotógrafos en Londres en 1929.
El derecho de autor considera a las imágenes fotográficas a los fines de tutelar las imágenes de personas o de aspectos, elementos o hechos de la vida natural o social obtenidas mediante el empleo de un procedimiento fotográfico o proceso análogo.
Todos los autores sean profesionales o no, tienen, por el solo hecho de haber hecho su obra, en exclusiva una serie de derechos de carácter económico y moral sobre ésta.
Los derechos morales definen el respeto de su autoría sobre la obra y por tanto el deber de hacer constar siempre su nombre, y el derecho que no se modifique la obra sin su consentimiento. Los derechos morales son irrenunciables e inalienables. Por tanto han de ser siempre respetados y no tiene valor la renuncia.

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